El
desaparecido filósofo estadounidense John Rawls dejó una impronta indeleble en
la filosofía moral, la filosofía política y en la filosofía del derecho. Su Teoría de la justicia en 1971 se
posicionó poderosamente frente a la concepción dominante hasta entonces en la
filosofía del derecho anglosajón. Hasta entonces los herederos de Jeremy
Bentham habían articulado una teoría del derecho que marcaba la hora en el
debate anglosajón, junto con el positivismo reformulado por Hart. La aparición
de Teoría de la justicia dejó en
claro que tanto el utilitarismo de Bentham y el positivismo de Hart quedaron
fuera del debate. La obra de Rawls se convirtió en un foco de discusión en la
que participaron dos filósofos que asestaron cuestionamientos centrales:
Michael Sandel, con su El liberalismo y
los límites de la justicia, y Michael Walzer, con su Esferas de la justicia cuestionaron argumentos centrales de la obra
de Rawls, a la vez que lo colocaron en un lugar central de la discusión de la
filosofía del derecho.
En la década
de los 90 aparece Liberalismo político,
libro que procesa las críticas a su teoría y desarrolla con mayor detenimiento dos
ideas fundamentales: la idea de un consenso entrecruzado y la idea de la estructura
básica de la sociedad. La idea del consenso entrecruzado explica las razones de
la estabilidad de la sociedad en torno a los principios de justicia
desarrollados por el liberalismo político. Dicho consenso permite que los
diferentes grupos de una sociedad caracterizada por el pluralismo de doctrinas
religiosas y laicas encuentren razones poderosas para apoyar los principios de
justicia. Muchos de los críticos, como Charles Taylor y Martha Nussbaum) de
Rawls has cuestionados elementos de su teoría, como la restricción de lo
político a lo estatal, o la idea de contrato original, pero han encontrado en
la idea de consenso entrecruzado un punto que permite avanzar, de manera
sustantiva, en el esclarecimiento y la implementación de la tolerancia, en la
igualdad y la libertad de los ciudadanos en una sociedad democrática y liberal.
La idea de la
estructura básica de la sociedad es otra de las ideas valiosas que Rawls ha
estado desarrollando en su obra. El valor de esta idea reside en su poder para
articular un conjunto de intuiciones que son sumamente importantes para
entender tanto la política como el derecho. La teoría de Rawls señala que los principios
de la justicia se aplican a la estructura básica de la sociedad. En ella se
encuentran una serie de instituciones centrales de la sociedad que tiene dos
características: primero, cada una de ellas tiene su propio funcionamiento, y
por ello los principios de la justicia de aplican a cada una de ellas de manera
diferente, de acuerdo a su propia naturaleza, por decirlo de algún modo. La
segunda característica es que todas estas instituciones se encuentran
articuladas unas con otras por medio de una concepción liberal de la política.
Esta segunda característica
implica que las instituciones jurídicas de la sociedad se deben articular con
las demás instituciones de la sociedad a través de un conjunto de intuiciones
políticas propias de una democracia liberal. Esto significa una aclaración, a
la vez que una aclaración de lo que es el derecho y cuál es su relación con la
política. En contra de la posición del positivismo jurídico imperante, lo que
sostiene Rawls es que no sólo el derecho se encuentra en una íntima conexión
con la política liberal, sino que la política liberal debe subordinar al
derecho y a las instituciones jurídicas de manera poderosa para que la sociedad
democrática y liberal funcione adecuadamente. Esta idea ciertamente resulta
entre rara y escandalosa a los abogados de
formación positivista, acostumbrados a ver en el derecho una suerte de
institución autopoiética y completamente autónoma; pero también escandaliza a
realistas de orientación schmittiana, foucaultiana o marxista que no comprenden
la interpretación liberal de la política. Sea como sea, el resultado es
intentar expulsar la obra de Rawls del campo de la filosofía del derecho y
confinarla sólo al de la filosofía política; razón por la cual no es leída y
difundida entre los abogados. Haga el intento y pregunte a un abogado enterado
si Rawls hace filosofía del derecho y espera la respuesta.