El sonado y bochornoso caso del fallo Villastein pose sobre la mesa del debate la conexión entre derecho y política. El caso ha sido bochornoso por dos razones: por el fallo mismo y por la actuación del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Pero la discusión que ha generado se enfocó, en gran medida, en el análisis jurídico-técnico, en la denuncia de lo bochornoso del fallo mismo y el de la vergüenza ajena que se siente a causa de la actuación del Estado ante la instancia internacional. Además, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y unos contados periodistas cuestionaron acertadamente la intención política del fallo.
El fallo tuvo, efectivamente, una
intención político-partidaria clara: la de beneficiar a los integrantes del
Grupo Colina y apuntalar en dirección de la agenda política del fujimorismo. Además,
éste mostró un objetivo adicional: combatir las fuerzas de lo que el mismo
Villastein denominó “los caviares”, y es más, utilizó ese término para referirse
a algunos miembros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es de
entrada sospechoso que un magistrado se refiera a un grupo de actores políticos
por medio de un término despectivo utilizado por la DBA. Ese detalle se presta
a la presunción de que dicho magistrado de encuentra vinculado ideológicamente
con las ideas de ese grupo radical. Una cosa es que un juez pueda tener una
posición política determinada, y que procure que ello no interfiera en su
función, y otra cosa es que sus manifestaciones públicas y en el contenido de
sus fallos utilice los términos que un sector político utiliza para desacreditar
a otro grupo. Ello lo acerca a la complicidad.
Pero existe un aspecto de fenómeno
que ha sacado a la luz el caso Villastein. La conexión entre derecho y política
tiene dos caras, una perniciosa y otra saludable. La cara perniciosa está
representada por el uso de los mecanismos legales para hacer política
partidaria, en cambio, la saludable cosiste en conectar el sistema jurídico con
el resto de instituciones políticas de la sociedad democrática. La penetración
del positivismo jurídico no permite a los juristas y abogados percibir con
claridad la necesidad de esa saludable conexión. Hay que precisar dos cosas en
este punto. Primero, algunos operadores del derecho asumen ingenuamente la
tesis positivista de la desconexión entre derecho y política (entendiendo
política en sentido de la articulación del sistema democrático), en cambio,
otros lo hacen adrede con la finalidad de imponer sus opciones políticas
partidarias en la aplicación de justicia. En segundo lugar, cuando me refiero a
la dimensión saludable de la conexión entre derecho y política, tal como la he
definido, no me refiero a que es recomendable, sino que es de imperiosa
necesidad si es que queremos robustecer las instituciones de nuestra precaria
democracia.
La conexión saludable entre derecho
y política ha sido visualizada con claridad por John Rawls en su libro liberalismo político. Esto supone
concebir una sociedad democrática no sólo como regida por un régimen político
que se compromete con la elección popular de los representantes en el gobierno,
con la alternancia en el poder y con la separación de los poderes del Estado.
Una sociedad democrática representa, prima
face, la articulación de un conjunto de creencias políticas acrisoladas por
la experiencia histórica, como son el rechazo a la esclavitud, la defensa de la
libertad y autonomía ciudadana, el compromiso con los derechos fundamentales,
la consideración especial para con los menos favorecidos dentro de la sociedad,
entre otras. Dicha articulación se cristaliza en las instituciones de la
sociedad y del Estado, como la escuela y los poderes del Estado, razón por la
cual dichas instituciones no pueden desvincularse entre sí.
La
pretensión positivista es que las instituciones de administración de justicia
deben desvincularte del resto de instituciones de la sociedad democrática, ello
en nombre de la cientificidad y la imparcialidad del derecho. Tal concepción
del derecho termina por debilitar a la democracia. El polémico fallo Villastein
es una muestra palpable de ello, pues éste muestra fehacientemente que la
administración de justicia à la positivista
tiene un doble juego nefasto: la exclusión de consideraciones políticas
democráticas y la inclusión de consideraciones políticas partidarias. Esto abre
las puertas a que los magistrados utilicen partidariamente su posición de
ventaja. Este vicio del positivismo
jurídico, dominante en la formación de los abogados, trajo como resultado el
que muchos de ellos consideraban conforme
a derecho el fallo Villastein, y que después, en vistas a la reacción
mediática, cambiara de parecer. Este gran punto ciego es muy peligroso,
espacialmente en un país como el nuestro en el que los radicalismos de derecha
e izquierda están asechando constantemente nuestra débil democracia.
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